.- Suministro temporal
> Copia del D.N.I. del titular si es persona física, o del C.I.F. si se trata de una empresa
> Si el titular es una empresa, fotocopia de la escritura de constitución y poderes del representante
> Copia de la escritura de propiedad, o del contrato de alquiler
> Referencia catastral del inmueble
> Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión (CIEBT)
> Si es por recuperación de CUPS(*): Certificado de Instalación eléctrica Baja tensión.
Recuperación del CUPS (*). Esta condición se cumple después de una resolución de contrato de acceso. La resolución de contrato de acceso se produce a partir de retirar el contador más de dos meses, o inmediatamente cuando voluntariamente se solicite la baja específicamente por escrito
NOTA: La temporalidad del suministro de obras viene recogida en el propio CIEBT
Toda la documentación está referida a suministros en baja tensión. En todos los casos hay que firmar los correspondientes contratos o solicitudes y, cuando corresponda, pagar los derechos de acometida.